¿Qué actividades quedan excluidas del método de estimación objetiva?
La reforma del IRPF excluye del método de estimación objetiva a partir de 2016 a las actividades incluidas en las división 3, 4 y 5 de la sección primera de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) sujetas a retención del 1% en el ejercicio 2015. ¿Cuáles son? Leer más →